SOBRESEIMIENTO AL INTENDENTE GERARDOBASSI Y EL EX SECRETARIO DE HACIENDAPEDRO «KOKITO» RAIMUNDI
El Superior Tribunal de Justicia dictaminó por unanimidad el sobreseimiento del el Intendente Gerardo Bassi y el ex secretario de hacienda Pedro «Kokito» Raimundi. Ambos habían ido a Juicio por incumplimiento de deberes de funcionario público. El Ministerio Público Fiscal en los alegatos había pedido para ambos, un año de ejecución condicional y dos años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.

En junio de 2019 habían ido a juicio el ex intendente Gerardo Bassi y el Secretario de Hacienda Pedro Raimundi y por mayoría el tribunal de Goya había dictaminado el sobreseimiento por no haber delito. Ahora la máxima corte de Corrientes ratifica la inocencia de ambos.
EL CASO
El Tribunal, integrado por los doctores Julio Angel Duarte como Presidente, y Lucio López Lecube y Carlos A. Balestra como Vocales Subrogantes; entiende en la causa 18204/15 “BASSI GERARDO HORACIO Y RAIMUNDI PEDRO ALEJANDRO P/ INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO -GOYA”.
Los imputados son Gerardo Horacio Bassi y Pedro Alejandro Raimundi. El primero cuenta con una defensa oficial, a cargo del doctor Ricardo Fondon; y el segundo con una defensa particular, a cargo del doctor Federico Sandoval Benetti. El Fiscal es el doctor Guillermo Ruben Barry.
Esta mañana, se abrió el debate y luego de leer la acusación fiscal de elevación de la causa a juicio, el doctor Fondón solicitó un cuarto intermedio para interiorizarse sobre el caso, ya que asumió la defensa el viernes 17. Fundamentó su pedido en lo voluminoso del expediente, que cuenta con 6 cuerpos.
El Tribunal hizo lugar al pedido, por lo que la audiencia se reanudará el viernes 24 a las 9 horas.
El hecho descrito en la Requisitoria Fiscal de Elevación a Juicio señala “El día 13 de Noviembre de 2014 los procesados Gerardo Horacio Bassi (Intendente Municipal) y Pedro Alejandro Raimundi (Secretario de Hacienda y Economía), ambos de esta ciudad de Goya (Ctes.), resolvieron aprobar el pago a los proveedores Alberto Fabián Espíndola, Gabriel Osmar Giménez y Rubén Guillermo Cáneva, mediante los Exptes. N° 15456/14, por la suma de $57.780, N° 15498/14 por el monto de $38.000 y N° 15499/14, por la suma de $82.176, respectivamente, en razón de haber prestado los mismos servicios en varios eventos del Batallón de Ingenieros de Monte XII de Goya”.
“Esas erogaciones se imputaron a compensar los trabajos efectuados por esa fuerza, en el marco del Acuerdo “Marco de Apoyo a la Comunidad”, para la utilización de maquinaria vial en el Programa “Mi Barrio Puede”, firmado en fecha 19/05/2014, omitiendo la aplicación del procedimiento previsto por la Ley de Administración Financiera de la Provincia N° 5571, y el Decreto Reglamentario 275/13, que establece los montos que determinan el trámite de concurso de precios por importes superiores $20.750, habiéndose eludido éste, mediante el fraccionamiento de la facturación para dividir los montos totales, obrando con pleno conocimiento de la situación que exige la aplicación de la ley referida, y voluntad de no ejecutarla, sin que exista ninguna causa legal que justifique su accionar.”
El delito “INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO (art. 248 del C.P.)” prevé una pena de un mes a dos años de prisión e inhabilitación por doble tiempo de la condena.